Martes, 7 de Febrero de 2012  - Hora Local:












CÓDIGO EUROPEO DE CONDUCTA » Código de conducta :
Las Organizaciones integradas en la Federation Europea de Bolsas (FESE), la Asociación Europea de Cámaras de Compensación y Contrapartida Central (EACH) y la Asociación Europea de Depositarios Centrales de Valores (ECSDA) de las cuales son miembros las empresas del grupo BME, convinieron, el pasado 7 de noviembre, un Código de Conducta para la Compensación y Liquidación.

Esas Organizaciones comparten el objetivo de lograr una mayor eficiencia e integración de los mercados de capitales europeos. El objetivo del Código de Conducta- en línea con los objetivos de la Comisión Europea - es, por tanto, permitir a los inversores negociar valores europeos en un marco europeo consistente, coherente y rentable.

El Código de Conducta cubre las siguientes áreas:

* Transparencia en los precios, para ayudar a los clientes a comprender y conciliar precios y servicios.

* Acceso entre Organizaciones e interoperabilidad, para mejorar la capacidad de interconexión de las Organizaciones y, en último término, ofrecer a los participantes del mercado una mayor libertad de elección.

* Disociación de servicios y separación contable, para facilitar un entorno de competencia, aumentar la capacidad de elección de los clientes y proporcionar información relevante sobre los servicios ofrecidos.

* Seguimiento de las acciones llevadas a cabo por el sector.

Las fases del Código de Conducta son de aplicación gradual. La primera de ellas (i.e. transparencia de precios) debe ser acometida a partir del 1 de enero de 2007. El grupo BME ha iniciado el proceso formal necesario para asumir ese Código y, en relación con ese régimen de transparencia de precios, ha procedido a publicar en un lugar destacado de su página web sus correspondientes tarifas, así como algunos ejemplos representativos de aplicación de las mismas.






A continuación se pone a disposición el Código de Conducta en su versión original en inglés.

Code of Conduct